El 2 de julio de 1993, el Ministerio de Educación Nacional emitió la Resolución 3353 por la cual se establece el desarrollo de programas y proyectos institucionales de Educación Sexual en la Educación básica del País. En sus dos primeros artículos se expresa lo siguiente: Artículo 1º. OBLIGATORIEDAD DE LA EDUCACIÓN SEXUAL. A partir del inicio de los calendarios académicos de 1994, de acuerdo con las políticas de las Directivas del Ministerio de Educación Nacional, todos los establecimientos educativos del país que ofrecen y desarrollan programas de pre-escolar, básica primaria, básica secundaria y media vocacional, realizarán como carácter obligatorio, proyectos institucionales de Educación Sexual como componente esencial del servicio público educativo. Los programas institucionales de Educación Sexual no darán lugar a calificaciones para efectos de la promoción de los estudiantes. Artículo 2º. FINALIDAD DE LA EDUCACIÓN SEXUAL. Por ser la sexualidad parte fundamental de la personalidad de todos los seres humanos, que incide en las relaciones interpersonales que se establece en el ámbito familiar, social y amoroso, la Educación Sexual, sólidamente fundamentada en los avances de la ciencia y la pedagogía, debe propiciar y favorecer en todos los estudiantes una formación rica en valores, sentimientos, conceptos y comportamientos para el desarrollo de la responsabilidad y la autonomía, cuya base fundamental sea el afecto y la igualdad entre las personas.
A partir de la información anterior contesta las siguientes preguntas:
1. ¿Por qué crees que es necesaria la educación sexual en las instituciones educativas de nuestro país? 2. ¿Qué beneficios les trae a las personas el hecho de recibir educación sexual?
3. ¿Todos debemos recibir una educación sexual? Justifica tu respuesta.
4. ¿Cuál debe ser el objetivo central de una educación sexual?